viernes, 22 de abril de 2011

Resoluciones del Parlamento Europeo sobre desigualdades en salud


Parlamento Europeo aprueba una resolución en la reducción de las desigualdades en salud


08 de marzo 2011



Página web: http://bit.ly/fVK9Sd



".... Resolución del Parlamento Europeo subraya que todo el mundo debería tener acceso a los sistemas de asistencia sanitaria y cuidados de salud asequibles. Las necesidades específicas de los grupos vulnerables como las mujeres, los pacientes mayores, los inmigrantes indocumentados, las minorías étnicas, hay que tener más en cuenta.

La esperanza de vida ha demostrado que varían entre los Estados miembros un 14,2 años para los hombres y 8.3 años para las mujeres (datos de Eurostat para 2007 y 2010, respectivamente), dice la resolución, que fue redactado por Edite Estrela (S & D, PT) y adoptado por 379 votos a favor, 228 con 49 abstenciones.


También dentro de los países, grupos de diferentes niveles educativos y situaciones sociales muy diferentes perspectivas de la salud .... "



El texto de la resolución se puede encontrar en:

http://bit.ly/fVK9Sd









Resolución del Parlamento Europeo de 8 de marzo de 2011 sobre la reducción de las desigualdades en salud en la UE (2010/2089 (INI))
El Parlamento Europeo,
- Vistos los artículos 168 y 184 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
- Visto el artículo 2 del Tratado de la Unión Europea,
- Visto el artículo 35 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea,
- Visto el artículo 23 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, que se ocupa de la igualdad entre hombres y mujeres en todos los ámbitos,
- Vista la Comunicación de la Comisión titulada «La solidaridad en la salud: reducción de las desigualdades de salud en la UE» (COM (2009) 0567),
- Vista la Decisión 1350/2007/CE, de 23 de octubre de 2007, un segundo programa de acción comunitario en el ámbito de la salud (2.008-13) (1),
- Vista la Decisión del Consejo 2010/48/EC de 26 de noviembre de 2009, relativa a la celebración, por la Comunidad Europea, de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (2),
- Visto el Comité de Protección Social Dictamen sobre "La solidaridad en la salud: reducción de las desigualdades de salud en la UE»,
- Vistas las conclusiones del Consejo de 8 de junio de 2010, sobre "Equidad y Salud en todas las políticas: Solidaridad en Salud ',
- Visto el informe sobre la segunda evaluación conjunta por el Comité de Protección Social y la Comisión sobre el impacto social de la crisis económica y de las respuestas políticas,
- Vistas las conclusiones del Consejo sobre los "valores y principios comunes de la Unión Europea los sistemas de salud '(2006 / C 146/01),
- Vista la Resolución del Consejo de 20 de noviembre de 2008, sobre la salud y el bienestar de los jóvenes,
- Visto el Informe Final de la Comisión sobre Determinantes Sociales de la Salud (OMS, 2008),
- Visto el dictamen del Comité de las Regiones sobre "La solidaridad en salud: la reducción de las desigualdades en salud en la UE»,
- Vista su Resolución de 1 de febrero de 2007 sobre promoción de dietas saludables y actividad física: una dimensión europea para la prevención del sobrepeso, la obesidad y las enfermedades crónicas (3)) y su Resolución de 25 de septiembre de 2008, sobre el Libro Blanco sobre la alimentación, el sobrepeso y la obesidad relacionada con temas de salud (4),
- Vista su Resolución de 9 de octubre de 2008 sobre el Libro Blanco titulado «Juntos por la salud: un planteamiento estratégico para la UE 2008-2013» (5),
- Visto el artículo 48 de su Reglamento,
- Visto el informe de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria y las opiniones de la Comisión de Mercado Interior y Protección del Consumidor y de la Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género (A7-0032/2011),
A. Considerando que la universalidad, el acceso a una atención de alta calidad, la equidad y la solidaridad son valores y principios comunes que sustentan los sistemas de salud en los Estados miembros de la UE,
B. Considerando que, mientras que las personas viven, en promedio, más larga y saludable que las generaciones anteriores, la UE se enfrenta, en el contexto del envejecimiento de la población, con un reto importante, a saber, las grandes disparidades en la salud física y mental que existen y son creciente entre y dentro de los Estados miembros,
C. Considerando que la diferencia de esperanza de vida al nacer entre los grupos socioeconómicos bajos y más altos es de 10 años para los hombres y seis años para las mujeres,
D. Considerando que la dimensión de género en términos de esperanza de vida es también una cuestión importante que debe abordarse en el contexto de las desigualdades en salud,
E. Considerando que, aparte de los determinantes genéticos, la salud está influenciada sobre todo por los estilos de vida de las personas, por su acceso a servicios de salud, incluyendo información sobre la salud y la educación, la prevención de enfermedades y el tratamiento de enfermedades a corto y largo plazo, mientras que grupos socioeconómicos más bajos son más susceptibles a la mala nutrición y la dependencia del tabaco y el alcohol, que son los principales factores que contribuye a muchas enfermedades y condiciones, incluyendo enfermedades cardiovasculares y el cáncer,
F. Considerando que las desigualdades en salud entre las personas en grupos de mayores ingresos y educativos más bajos, el trabajo y se han encontrado en todos los Estados miembros,
G. Considerando que existen pruebas de una dimensión de género en las tasas de malnutrición que sugiere que las mujeres sufren más de la desnutrición y que esta desigualdad se agrava más abajo en la escala socioeconómica,
H. Considerando que las desigualdades de género y edad en la investigación biomédica y la subrepresentación de las mujeres en los ensayos clínicos socavar la atención al paciente,
I. Considerando que la medición comparativa de las desigualdades en salud es un primer paso fundamental hacia una acción eficaz,
J. Considerando que las tasas de morbilidad son más altos entre los de baja las desigualdades profesionales educativos, y el ingreso público y sustancial también se puede ver en la prevalencia de la mayoría de las formas específicas de la discapacidad y de la mayoría de determinadas enfermedades crónicas no transmisibles, las enfermedades bucodentales y las formas de enfermedad mental,
K. Considerando que la incidencia del consumo de tabaco entre las mujeres, especialmente las jóvenes, está creciendo rápidamente, con consecuencias devastadoras para su salud futura, y que, en el caso de las mujeres, el tabaquismo se ve agravada por múltiples carencias,
L. Considerando que la Comisión ha tomado nota de que existe un gradiente social en el estado de salud en todos los Estados miembros de la UE (Comunicación de la Comisión de 20 de octubre 2010 titulado "Solidaridad en Salud: La reducción de las desigualdades de salud en la UE»), y que la Organización Mundial de la Salud define este gradiente social como la relación entre las desigualdades socioeconómicas y las desigualdades en los ámbitos de la salud y el acceso a la asistencia sanitaria,
M. Considerando que numerosos proyectos y estudios han confirmado que la aparición de sobrepeso y obesidad, en particular, se caracteriza por las disparidades principios vinculados con el entorno socioeconómico y que las mayores tasas de prevalencia del sobrepeso y la obesidad se registran en los grupos socioeconómicos, y que esta situación podría dar lugar incluso a mayores desigualdades sanitarias y socioeconómicas, debido al aumento del riesgo de las enfermedades relacionadas con la obesidad,
N. Considerando que a pesar del progreso socioeconómico y ambiental que ha conducido a una mejora general en el estado de salud de las personas durante largos períodos, una serie de factores, tales como la higiene, de vida y las condiciones de trabajo, la desnutrición, educación, ingresos, consumo de alcohol y el tabaco, se sigue teniendo un impacto directo en las desigualdades en salud,
O. Considerando que el cambio climático se espera que resulte en una serie de impactos potenciales en la salud a través de una mayor frecuencia de fenómenos meteorológicos extremos, como olas de calor e inundaciones, a través de cambios en los patrones de las enfermedades infecciosas, ya través de una mayor exposición a la radiación ultravioleta, y que no todos los de la UE países están igualmente preparados para hacer frente a estos desafíos,
P. Considerando que las desigualdades en salud no sólo son el resultado de una serie de factores económicos, ambientales y relacionados con el estilo de vida, sino también de los problemas relacionados con el acceso a la asistencia sanitaria,
Q. Considerando que las desigualdades en salud también están vinculados a problemas en el acceso a la salud, tanto por razones económicas (no tanto para el tratamiento principal, que es de forma correcta por los Estados miembros, sino más bien para el tratamiento de todos los días, como la atención dental y ocular) y como resultado de la mala distribución de los recursos sanitarios en determinadas zonas de la UE,
R. Considerando que la escasez de profesionales médicos en ciertas partes de la UE y el hecho de que puede moverse fácilmente a otras partes de la UE es un problema real, y que esta situación está dando lugar a grandes desigualdades en términos de acceso a la asistencia sanitaria y el paciente de seguridad,
S. Considerando que las personas que viven en zonas remotas y las islas siguen teniendo un acceso limitado a atención médica rápida y de alta calidad,
T. Considerando que los pacientes que viven con enfermedades crónicas o condiciones de formar un grupo específico que sufre las desigualdades en el acceso al diagnóstico y la atención, servicios de apoyo social y otros, e inconvenientes como la tensión financiera, la falta de acceso al empleo, la discriminación y el estigma social,
U. Considerando que la violencia contra las mujeres es un fenómeno generalizado en todos los países y entre todas las clases sociales y tiene un efecto dramático sobre la salud física y emocional de las mujeres y los niños,
V. Considerando que la infertilidad es una condición médica reconocida por la Organización Mundial de la Salud que tiene un especial impacto en la salud de la mujer, y que el Reino Unido Nacional de Concientización sobre la encuesta ha demostrado que más del 94% de las mujeres que sufren de infertilidad también sufren de las formas de depresión,
W. Considerando que existen grandes disparidades entre los Estados miembros en términos de acceso a un tratamiento de fertilidad,
X. Considerando que, según Eurostat, la oficina estadística de la UE, el desempleo en los 27 Estados miembros de la UE alcanzó un 9,6% en septiembre de 2010, y que el Consejo de Social de la Unión Europea de Protección, en su dictamen de 20 de mayo de 2010, expresó su preocupación de que la actual crisis económica y financiera afectará negativamente el acceso de las personas a la asistencia sanitaria y los presupuestos de los Estados miembros de la salud,
Y. Considerando que la actual crisis económica y financiera puede tener un impacto severo en el sector de la salud en varios países de la UE, tanto en la oferta como de la demanda,
Z. Considerando que las restricciones debido a la crisis económica y financiera actual, junto con las consecuencias del desafío demográfico próxima que la Unión tendrá que hacer frente, podría perjudicar gravemente la viabilidad financiera y de organización de los sistemas sanitarios de los Estados miembros, lo que dificulta la igualdad de acceso a la atención en sus territorios,
AA. mientras que la combinación de la pobreza y otras formas de vulnerabilidad, tales como la infancia o la vejez, la discapacidad o pertenecientes a minorías, aumenta aún más el riesgo de desigualdades en salud, y que, viceversa, la mala salud puede conducir a la pobreza y / o exclusión social,
AB. mientras que los primeros años tienen efectos de por vida en muchos aspectos de la salud y el bienestar - de la obesidad, enfermedades del corazón y la salud mental, a la educación, el logro profesional, situación económica y la calidad de vida,
CA. Considerando que las desigualdades de salud tienen importantes consecuencias económicas para la UE y los Estados miembros, mientras que las pérdidas vinculadas a las desigualdades en salud han sido un costo estimado de alrededor de 1,4% del PIB,
AD. mientras que en muchos países de la UE un acceso equitativo a la atención sanitaria no está garantizada, ya sea en la práctica o en la ley, para los migrantes indocumentados,
AE. mientras que los casos siguen apareciendo en los Estados miembros de los miembros de los diversos grupos sociales (por ejemplo, las personas con discapacidad) que se enfrentan con obstáculos al ingreso igual a los centros sanitarios, lo que limita su acceso a los servicios de salud,
AF. Considerando que, con el envejecimiento de sus poblaciones, los Estados miembros tienen que hacer frente a los problemas relacionados con la dependencia y una creciente necesidad de atención geriátrica y el tratamiento, mientras que un cambio en el enfoque de la organización de asistencia sanitaria tanto, es necesario, y que las desigualdades en materia de acceso a la asistencia sanitaria para las personas mayores van en aumento,
1. Acoge con satisfacción las propuestas clave de la Comisión en su Comunicación titulada «La solidaridad en materia de salud: reducción de las desigualdades de salud en la UE: (1) hacer una distribución más equitativa de la parte de salud de nuestros objetivos globales para el desarrollo social y económico, (2) la mejora de los datos y bases de conocimiento (incluyendo la medición, seguimiento, evaluación y presentación de informes), (3) El compromiso de la construcción en toda la sociedad para reducir las desigualdades en salud, (4) satisfacer las necesidades de los grupos vulnerables, y (5) el desarrollo de la contribución de las políticas de la UE a la reducción de las desigualdades en salud;
2. Subraya la importancia de los servicios de salud son proporcionados en forma compatible con los derechos fundamentales, señala la necesidad de mantener y mejorar el acceso universal a los sistemas sanitarios y de cuidados de salud asequibles;
3. Señala la importancia de mejorar el acceso a la prevención de enfermedades, promoción de la salud y los servicios de atención primaria y especializada, y la reducción de las desigualdades entre diferentes grupos sociales y de edad, y hace hincapié en que estos objetivos pueden lograrse mediante la optimización del gasto público en salud preventiva y curativa y específica programas para grupos vulnerables;
4. Pide a la Comisión ya los Estados miembros a seguir adelante con sus esfuerzos para hacer frente a las desigualdades socio-económicas, que en última instancia, haría posible reducir algunas de las desigualdades relacionadas con la salud y, además, sobre la base de los valores universales de la dignidad humana, la libertad , la igualdad y la solidaridad, pide a la Comisión ya los Estados miembros a centrarse en las necesidades de grupos vulnerables, incluidos los menos favorecidos los grupos de migrantes y las personas pertenecientes a minorías étnicas, los niños y adolescentes, las personas con discapacidad, con especial énfasis en las enfermedades mentales, los pacientes diagnosticados con enfermedades crónicas o condiciones, las personas mayores, las personas que viven en la pobreza, y las personas afectadas por el alcoholismo y la drogadicción;
5. Pide a los Estados miembros que garanticen que los grupos más vulnerables, incluidos los migrantes indocumentados, tienen derecho y están provistos de un acceso equitativo a la atención sanitaria, y pide a los Estados miembros para evaluar la factibilidad de apoyar la salud de los migrantes irregulares, proporcionando una definición basada en principios comunes para los elementos básicos de la salud tal como se definen en su legislación nacional;
6. Pide a los Estados miembros a tener en cuenta las necesidades específicas de protección de la salud de las mujeres inmigrantes, con especial referencia a la prestación garantizada por los sistemas de salud de servicios adecuados de idioma mediación; los sistemas deben desarrollar iniciativas de formación permite a los médicos y otros profesionales de la adopción de un enfoque intercultural basado en el reconocimiento y el respeto de la diversidad y la sensibilidad de personas de diferentes regiones geográficas, la prioridad también debe darse a las medidas y campañas de información para combatir la mutilación genital femenina, incluyendo sanciones severas para quienes lo practican;
7. Pide a la UE ya los Estados miembros con rapidez para encontrar maneras de luchar contra la discriminación étnica, en particular en algunos Estados miembros en la Directiva 2000/43/CE, no se ha aplicado y que las mujeres pertenecientes a minorías étnicas tienen una protección social escasa o nula o el acceso a la asistencia sanitaria ;
8. Pide a los Estados miembros a promover el acceso a asesoramiento legal de alta calidad y de información en coordinación con organizaciones de la sociedad civil para ayudar a los miembros ordinarios del público, incluidos los migrantes indocumentados, para aprender más acerca de sus derechos individuales;
9. Hace hincapié en que la crisis económica y financiera y las medidas de austeridad adoptadas por los Estados miembros, en particular en el lado de la oferta, puede conducir a una reducción en el nivel de financiación para la salud pública y promoción de la salud, prevención de enfermedades y servicios de cuidado a largo plazo como resultado de los recortes presupuestarios y los menores ingresos fiscales, mientras que la demanda de servicios de salud y de cuidados a largo plazo puede aumentar como resultado de una combinación de factores que contribuyen al deterioro del estado de salud de la población en general;
10. Destaca que las desigualdades de salud en la UE representan una carga considerable a los Estados miembros y de sus sistemas sanitarios y que el funcionamiento eficaz del mercado interior y fuerte y, si es posible, bajo la coordinación de políticas públicas en la prevención puede contribuir a las mejoras en este ámbito;
11. Subraya que la lucha contra los factores socioeconómicos, tales como obesidad, tabaquismo, etc, la accesibilidad de los sistemas de salud (en peligro por la falta de reembolso del costo de la atención y de medicamentos, la prevención de insuficiencia y la fragmentación de la demografía médica) y eficaz diagnóstico debe considerar los aspectos clave de la lucha contra las desigualdades en salud y que, además, la accesibilidad y asequibilidad de los tratamientos farmacéuticos también deben considerarse como un aspecto clave de la salud del individuo, por lo que pide a los Estados miembros a garantizar que la Directiva de Transparencia (89 / 105/EEC) se aplica correctamente y que las conclusiones de la Comunicación de 2008 de la Comisión sobre la investigación del sector farmacéutico están siendo abordadas;
12. Subraya que la salud no es ni debe ser considerada como un servicio de interés general o;
13. Pide al Consejo ya los Estados miembros para evaluar e implementar nuevas medidas para mejorar la eficacia de su gasto en salud, en particular, mediante la inversión en salud preventiva a fin de reducir los costes futuros a más largo plazo y las cargas sociales, y reestructurar los sistemas de salud con el fin de para proporcionar un acceso equitativo a la atención sanitaria de alta calidad (en particular la atención médica básica), sin discriminación en toda la UE, y anima a la Comisión a estudiar la utilización de los fondos europeos con el fin de promover aún más la inversión en infraestructura de salud, investigación y capacitación y promover e intensificar la prevención de enfermedades;
14. Pide a la Comisión ya los Estados miembros que garanticen que el acceso equitativo a las opciones de atención médica y tratamiento para los pacientes mayores se incluyen en sus políticas y programas de salud y hacer un acceso adecuado a la atención sanitaria y los tratamientos para las personas mayores una prioridad para '2012 Año Europeo de activos El envejecimiento y la solidaridad "y pide a los Estados miembros a que promuevan iniciativas para hacer frente a aislamiento social en pacientes de edad avanzada ya que tiene un impacto significativo en la salud de los pacientes a más largo plazo, destaca la necesidad de la Unión Europea y sus Estados miembros a prever , a través de una estrategia adecuada a largo plazo, el impacto social y económico del envejecimiento de la población europea, con el fin de garantizar la sostenibilidad financiera y de organización de los sistemas sanitarios, así como la entrega igual y continuo de atención a los pacientes;
15. Pide a los Estados miembros a que mejoren su capacidad para seguir de cerca, en los planos nacional, regional y local, la salud y el impacto social de la crisis;
16. Pide a la Comisión que fomente el intercambio de experiencias en relación con la educación sanitaria, promoción de estilo de vida saludable, la prevención, diagnóstico precoz y tratamientos adecuados, en particular en relación a la bebida, el tabaco, la dieta y la obesidad y las drogas, y pide a los Estados miembros a que promuevan física programas de "Escuelas Saludables" la actividad, la buena nutrición y dirigidas a los niños, en particular en las zonas más desfavorecidas, y para mejorar los niveles de la educación personal, social y de salud, con miras a promover un comportamiento más sano y el fomento de un comportamiento positivo el estilo de vida relacionado;
17. Alienta a todos los Estados miembros a invertir en infraestructura social, educación, medio ambiente y la salud en consonancia con el principio de la salud en todas las políticas ", mientras que las medidas de coordinación relativas a la cualificación, formación y movilidad de los profesionales de la salud, lo que garantiza la capacidad y la sostenibilidad de la infraestructura de salud y la fuerza laboral, tanto a nivel comunitario y nacional;
18. Hace hincapié en que las desigualdades en salud en la Unión no será superado sin una estrategia común y global para el personal sanitario europeo, incluidas las políticas coordinadas para la gestión de los recursos, la educación y la formación, la calidad y normas mínimas de seguridad y registro de los profesionales;
19. Pide a los Estados miembros a garantizar que la información sobre la salud, estilos de vida saludables, salud, oportunidades de prevención, el diagnóstico precoz de enfermedades y tratamientos adecuados se encuentra disponible en una forma y en las lenguas que todos puedan entender, utilizando las nuevas tecnologías de la comunicación, con especial referencia a los servicios de salud en línea;
20. Pide a los Estados miembros a que fomenten la introducción de las tecnologías de la telemedicina, que puede reducir significativamente las disparidades geográficas en el acceso a ciertos tipos de asistencia sanitaria, con especial referencia a la atención especializada, en particular en las regiones fronterizas;
21. Pide a los Estados miembros a promover políticas públicas dirigidas a garantizar las condiciones de vida saludables para todos los bebés, niños y adolescentes, incluida la atención antes de la concepción, la atención materna y medidas para apoyar a los padres y, en particular, las mujeres embarazadas o lactantes y, a fin para asegurar un comienzo sano a la vida de todos los recién nacidos y evitar nuevas desigualdades de salud, reconociendo así la importancia de invertir en el desarrollo infantil temprano y los enfoques del ciclo vital;
22. Pide a los Estados miembros que garanticen que todas las mujeres embarazadas y los niños, independientemente de su condición, tienen derecho a recibir protección y la realidad social tal como se definen en su legislación nacional;
23. Recuerda la obligación que la Unión Europea, en virtud de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, para garantizar el derecho de las personas con discapacidad al más alto nivel posible de salud sin discriminación por motivos de discapacidad; insiste en que la inclusión de la discapacidad en todas las normas sanitarias indicadores de medición es un paso clave hacia el cumplimiento de esta obligación;
24. Pide a la UE ya los Estados miembros a incluir el estado de salud de la mujer y la cuestión de la edad (mujeres mayores) como factores en la perspectiva de género y utilizar los presupuestos de género en sus políticas de salud, los programas y la investigación, del desarrollo y la fase de diseño a través de a evaluación de impacto; pide a los programas de investigación financiados por la UE-marco y las agencias públicas de financiación que incluya una evaluación de impacto de género en sus políticas y para proveer para la compilación y el análisis de género y de datos específicos de la edad con el fin de identificar las diferencias clave entre mujeres y hombres en relación con la salud, con el fin de apoyar el cambio de política, e introducir y clasificar las herramientas epidemiológicas para analizar las causas de la brecha de la esperanza de vida entre hombres y mujeres;
25. Considera que la UE y los Estados miembros deben garantizar a las mujeres el acceso fácil a métodos anticonceptivos y el derecho al aborto seguro;
26. Pide a la Comisión que los Estados miembros ejemplos de buenas y mejores prácticas para fomentar un acceso más uniforme a un tratamiento de fertilidad;
27. Insta a la UE y los Estados miembros a centrarse en los derechos humanos de las mujeres, en particular mediante la prevención, prohibición y persecución de los culpables de la esterilización forzada de mujeres y la mutilación genital femenina;
28. Pide a la UE ya los Estados miembros que reconozcan la violencia masculina contra las mujeres como un problema de salud pública, cualquiera que sea la forma que adopte;
29. Pide a la UE ya los Estados miembros a adoptar las medidas necesarias, en relación con el acceso a técnicas de reproducción asistida (ART), para eliminar la discriminación contra la mujer por razones de estado civil, orientación sexual u origen étnico o cultural;
30. Pide a los Estados miembros a seguir la Organización Mundial de la Salud en el reconocimiento de la obesidad como una enfermedad crónica y, por tanto para facilitar el acceso a los programas de prevención de la obesidad y garantizar el acceso a los tratamientos con evidencia probada de un resultado positivo médica para las personas que sufren de obesidad que necesitan tratamiento médico , también con miras a prevenir la aparición de enfermedades nuevas;
31. Pide a la UE ya los Estados miembros a incorporar el género en el control del tabaco, según lo recomendado por el Convenio Marco para el Control del Tabaco, y para introducir las campañas antitabaco dirigidas a las niñas y mujeres jóvenes;
32. Pide a los Estados miembros a fomentar y apoyar la investigación médica y farmacéutica sobre las enfermedades que afectan principalmente a las mujeres, con referencia a todas las fases de sus vidas y no sólo de sus años reproductivos;
33. Pide a los Estados miembros para resolver los problemas de la desigualdad en el acceso a servicios de salud que afectan la vida cotidiana de las personas, por ejemplo, en las áreas de la odontología y oftalmología;
34. Sugiere que la UE y los Estados miembros introduzcan políticas coherentes y medidas de apoyo dirigidas a las mujeres que no trabajan o que tienen empleos en sectores en los que no están cubiertos por un seguro personal de salud y buscar formas de proporcionar a las mujeres como con los seguros;
35. Insta a la Comisión, en el marco de su colaboración con las autoridades competentes de los Estados miembros, para promover las mejores prácticas en materia de precios y el reembolso del costo de los medicamentos, incluidos los modelos viables para la diferenciación de precios farmacéuticos con el fin de optimizar la accesibilidad y reducir las desigualdades en el acceso a los medicamentos;
36. Recuerda que la adopción de una patente europea, con el régimen lingüístico adecuado y un sistema unificado de solución de controversias, es crucial para la revitalización de la economía europea;
37. Toma nota de que el trabajo ya realizado en la Comisión de Mercado Interior y Protección del Consumidor en relación con la seguridad del producto y la publicidad, entre otros temas, ha ayudado a hacer frente a determinados aspectos de las desigualdades en salud en la UE, y, en ese sentido, destaca la importancia de cerca la información que las empresas farmacéuticas proporcionan a los pacientes, especialmente los grupos más vulnerables y menos bien informado, y la necesidad de un sistema eficaz e independiente de la farmacovigilancia;
38. Pide a los Estados miembros a adaptar sus sistemas de salud a las necesidades de los más desfavorecidos mediante el desarrollo de métodos de fijación de los honorarios de profesionales de la salud que garanticen el acceso a la atención de todos los pacientes;
39. Insta a la Comisión que haga todo lo posible para alentar a los Estados miembros a ofrecer reembolsos a los pacientes y hacer todo lo necesario para reducir las desigualdades en el acceso a los medicamentos para el tratamiento de las dolencias o enfermedades, como la osteoporosis post-menopausia y la enfermedad de Alzheimer, que no son reembolsables en algunos Estados miembros, y que lo hagan con carácter de urgencia;
40. Subraya que, además de los gobiernos nacionales, en muchos países las autoridades regionales desempeñan un papel importante en la salud pública, promoción de la salud, prevención de enfermedades y la prestación de los servicios de salud y por lo tanto necesidad de participar activamente, señala que los gobiernos regionales y locales y otros los interesados ​​también tienen una contribución vital para hacer, incluso en los lugares de trabajo y escuelas, en particular en lo que respecta a la educación sanitaria, la promoción de estilos de vida saludables, la prevención eficaz de la enfermedad y la detección precoz y el diagnóstico de las enfermedades;
41. Pide a los Estados Miembros a que apoyen un "enfoque de la atención local y para proporcionar atención médica integral, accesible a nivel local o regional, lo que permite a los pacientes a recibir un mayor apoyo en su propio entorno local y social;
42. Alentar a todos los Estados miembros a volver a evaluar sus políticas sobre cuestiones que tienen un impacto significativo sobre las desigualdades en salud, como el tabaco, el alcohol, la alimentación, farmacéuticos y de salud pública y la prestación de asistencia sanitaria;
43. Alienta a los Estados miembros a crear asociaciones en las regiones fronterizas con el fin de compartir el costo de la infraestructura y el personal y reducir las desigualdades en materia de salud, en particular en materia de acceso a un equipamiento de última generación;
44. Pide a la Comisión que estudie los efectos de las decisiones basadas en evaluaciones nacionales y regionales de la eficacia de los medicamentos y productos sanitarios en el mercado interior, incluso en términos de acceso de los pacientes, la innovación en nuevos productos y las prácticas médicas, que son algunos de los principales elementos que afectan la equidad en salud;
45. Considera que la aplicación de la Directiva 2011/24/EU de Derechos de los pacientes en un contexto transfronterizo de la salud deben ser seguidas por las evaluaciones de impacto a fin de medir con la mayor precisión posible su eficacia en la lucha contra las desigualdades en salud y para asegurarse de que mantiene un nivel adecuado de protección pública y la seguridad de salvaguardias del paciente, especialmente en cuanto a la asignación geográfica de los recursos sanitarios, tanto humanos como materiales;
46. Toma nota de que la asistencia sanitaria transfronteriza de alta calidad y eficiente exige una mayor transparencia de la información para el público, los pacientes, los reguladores y proveedores de atención médica en una amplia gama de temas, incluyendo derechos de los pacientes, el acceso a la reparación y la regulación de los profesionales de la salud;
47. Lamenta el hecho de que la directiva sobre la asistencia sanitaria transfronteriza no se acompañó de una propuesta legislativa sobre la movilidad de los profesionales de la salud, teniendo en cuenta el riesgo de «fuga de cerebros" dentro de la UE, que aumentaría peligrosamente las desigualdades geográficas en algunos Estados miembros Estados, y pide a la Comisión para remediar esta falla, posiblemente en el contexto de la futura revisión de la directiva sobre cualificaciones profesionales (2005/36/CE);
48. Insta a los Estados miembros a aplicar plenamente la actual Directiva sobre cualificaciones profesionales (2005/36/CE), con lo que se refiere a la complejidad de los títulos médicos, anima a la Comisión, en su evaluación y revisión de la Directiva, para abordar algunos de los vacíos normativos que tienen el potencial de dejar a los pacientes vulnerables a los daños y poner en peligro su derecho a un tratamiento seguro, invita a la Comisión, además, considerar la posibilidad de hacer el registro con el sistema IMI obligatorio que las autoridades competentes y mejorar el grado en que las autoridades competentes pueden compartir información de forma proactiva disciplinarias sobre profesionales de la salud mediante la creación de un mecanismo de alerta adecuados;
49. Insta a la Comisión, en su próxima propuesta legislativa sobre las cualificaciones profesionales, para avanzar hacia un mecanismo reforzado para el reconocimiento de las cualificaciones de los Estados miembros;
50. Señala que el incremento de la innovación conduce a menudo a una mayor accesibilidad del tratamiento, que es particularmente relevante para las comunidades aisladas o rurales;
51. Pide a la Comisión que promueva, en colaboración con los Estados miembros, el desarrollo de servicios de telemedicina como un medio de reducir las disparidades geográficas en la prestación de asistencia sanitaria tanto a nivel regional y local;
52. Pide al Consejo ya la Comisión a dar un mayor reconocimiento dentro de la estrategia "Europa 2020 al hecho de que la salud física y mental y el bienestar son la clave para la lucha contra la exclusión, para incluir indicadores comparativos estratificada por nivel socio-económico y el estado de la salud pública en los procedimientos de seguimiento de la estrategia "Europa 2020, y para tener en cuenta la discriminación basada en la edad, en particular en relación a los ensayos clínicos para los tratamientos más adecuados a las necesidades de las personas mayores;
53. Considera que la UE y los Estados miembros deben apoyar a la sociedad civil y las organizaciones de mujeres que promueven los derechos humanos de las mujeres, incluyendo sus derechos sexuales y reproductivos, el derecho a un estilo de vida saludable y el derecho al trabajo, con el fin de garantizar que las mujeres tienen.(53,54,55,etc.)

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